
SITIOS VIRTUALES
DEL ESTADO DE FLORIDA
Renovación de la Matrícula
por Internet
Departamento de Seguridad Vial y Vehículos Motorizados
Índice
de Placas Especiales
Permiso de Estacionamiento para Minusválidos
Licencia de Conducción de Florida
Renovación de la Matrícula por Internet
El Recaudador de Impuestos del Condado Orange anuncia el enlace a la Vía Rápida
para la Renovación de la Matrícula por Internet del Estado de Florida, efectiva
con los Avisos de Renovación de abril y el Número de Identificación Personal(PIN)
que contiene el aviso de renovación en
http://express.hsmv.state.fl.us
y la renovación por teléfono al llamar gratis al 1-866-467-3639.
Muestra del Aviso de Renovación de la Matrícula
[Matrícula de Vehículos Motorizados y Solicitudes de Título]
Todos los vehículos motorizados, las casas móviles y los remolques en el Estado
de Florida se deben matricular y/o adquirir un título. El Recaudador de
Impuestos, en su capacidad de representante del Departamento de Seguridad Vial y
Vehículos Motorizados, tiene la responsabilidad de suministrar los servicios y
la operación necesaria para llevar esto a cabo.
MATRÍCULA
Y RENOVACIÓN DE LA PLACA:
Los vehículos se matriculan en forma alterna según el mes de la fecha de
nacimiento del propietario. La matrícula vence a la medianoche del cumpleaños
del propietario. Se exceptúan las casas móviles, las cuales se renuevan en
diciembre, los vehículos de propiedad de las empresas, los cuales se deben
renovar en junio; los remolques, semiremolques, los camiones de más de 5000 lbs.,
los automóviles de 9 y más pasajeros y los automóviles de servicio público, los
cuales se deben renovar en diciembre; y los vehículos alquilados, los cuales se
renuevan alternamente durante el año. El Recaudador de Impuestos debe corroborar
la cobertura del seguro de todos los vehículos motorizados en Florida, excepto
los remolques y las motocicletas. Hay un cobro por mora para las personas que no
matriculen dichos vehículos a tiempo. Las renovaciones se pueden hacer con tres
meses de anticipación.
PLACA:
Florida usa una placa metálica con una serie de sistemas de numeración
alfanumérica, o una combinación de los mismos, dependiendo del tipo de vehículo.
La calcomanía de renovación denota el mes de nacimiento y el año, la calcomanía
con el número del año se muestra en la esquina superior derecha. El nombre del
condado se grava en relieve a lo largo de la parte inferior de la placa. Las
placas se conservan durante un período de cinco años. Al quinto año de la
renovación se expide una nueva placa y la calcomanía.
COMPROBANTE DE PÓLIZA DE SEGURO:
El comprobante del seguro de Florida se necesita para comprar la placa. Seguro
de Protección contra Lesiones Personales (PIP) con una cobertura mínima de
$10.000 y al menos $10.000 en protección de responsabilidad contra daños (PDL).
Las camionetas comerciales requieren cobertura adicional. Contacte la Oficina
del Recaudador de Impuestos para obtener más información.
CAMBIO DE DIRECCIÓN:
Todos los cambios de dirección se le deben informar a la Oficina del Recaudador
de Impuestos dentro de 20 días, para mantener registros precisos y para
cerciorarnos de que cada propietario reciba el aviso de renovación de la placa.
El propietario debe proporcionar los números de la placa en el informe de cambio
de dirección. NOTA: Todo propietario tiene la responsabilidad de mantener
actualizada la matrícula. Los avisos solamente se envían a manera de servicio
para facilitar la renovación.
MATRÍCULA INICIAL:
Hay un cobro de Matrícula Inicial de $100.00 por la compra de la placa por
primera vez. Eso es pertinente para los automóviles privados, las casas
motorizadas, los camiones de menos de 5.000 libras, cuyo título sea de otro
estado o de Florida.
COMPROBACIÓN DE LOS NÚMEROS DE IDENTIFICACIÓN DEL VEHÍCULO:
A
todos los vehículos motorizados que no hayan tenido un título de Florida se les
debe comprobar el Número de Identificación del Vehículo (VIN), la comprobación
la lleva a cabo un comerciante de vehículos, un agente del orden público, o un
notario público de Florida, dicho servicio también lo puede prestar la Oficina
del Recaudador de Impuestos. Contacte la Oficina del Recaudador de Impuestos
para obtener más información.
TARIFAS DE LA MATRÍCULA EN EL CONDADO ORANGE:
Los impuestos anuales de la licencia para el funcionamiento del vehículo
motorizado, según lo definido en F.S. 320.01, se deben pagar al matricularlo o
volverlo a matricular. Las siguientes son las tarifas anuales con el cobro de
Matrícula Inicial por PRIMERA VEZ de $100.00, más $10.00 para la placa metálica.
AUTOMÓVIL (Uso privado):
Peso inferior a 2.500 lbs.
$28.10
Peso entre 2.500 y 3.499 lbs.
$36.10
Peso de 3.500 lbs. Y más $46.10
CAMIONETAS LIVIANAS. Peso inferior a 2.000 lbs $28.10:
Peso entre 2001 y 3000 lbs.
$36.10
Peso entre 3001 y 5000 lbs.
$46.10
TARIFA POSTAL:
La calcomanía y el recibo de la matrícula se le pueden enviar por correo al
propietario, al pagar la tarifa postal de $.60. Las placas metálicas también se
pueden enviar por correo al pagar $1.55. Dichas sumas se le deben agregar a las
tarifas anuales.
PLACAS
ESPECIALIZADAS:
PLACAS PERSONALIZADAS DE FLORIDA:
Las placas personalizadas se le piden a la Oficina del Recaudador de Impuestos.
La placa cuesta $12.00 al año, además del impuesto anual y las tarifas anuales.
Las placas personalizadas son para carros privados o de empresas, camionetas,
casas motorizadas, motocicletas y vehículos alquilados.
LETRERO DE ESTACIONAMIENTO PARA PERSONAS MINUSVÁLIDAS
El Letrero de Estacionamiento para Personas Minusválidas de Florida se le expide
a toda persona que tenga minusvalías específicas que limiten o afecten la
habilidad para caminar o que esté certificada como legalmente ciega. El letrero
es válido por 4 años y vence en la fecha de cumpleaños del solicitante. Si su
incapacidad es temporal, usted también puede recibir un letrero hasta para 6
meses. El médico u otras entidades aprobadas deben llenar el formulario.
Contacte la Oficina del Recaudador de Impuestos para obtener los formularios y
más información.
El letrero de estacionamiento temporal para personas minusválidas cuesta $15.00
y el permanente cuesta $1.50.
Se expide una tarjeta adicional SOLAMENTE para organizaciones o personas que
certifiquen ser viajeros frecuentes o cuadriplégicos. El letrero adicional
cuesta $1.00.
Los veteranos de la Guerra y los beneficiarios de SSI pagan una tarifa reducida.
PLACAS MISCELÁNEAS:
Contacte la Oficina del Recaudador de Impuestos en el (407) 836-4145 para
recibir información detallada sobre las 52 placas que hay: (i.e. equipos
deportivos, institutos y universidades, proyectos especiales, especies en
peligro)
O
vaya al sitio
Índice de Placas Especializadas
CASAS MÓVILES:
Las casas móviles usadas como domicilio (aparte de los vehículos recreativos) se
renuevan cada año en diciembre. Se les expide calcomanías numeradas, las cuales
se venden de acuerdo a la longitud de la casa móvil. El personal de servicio no
residente apostado en Florida bajo órdenes militares que viva en una casa móvil
en Florida, puede obtener una calcomanía por $7.10, lo cual incluye el cobro de
servicio, al presentar la orden y una constancia autenticada.
CALCOMANÍAS PARA CASAS MÓVILES-BIENES INMUEBLES:
A
todas las casas móviles o a los vehículos recreativos que estén permanentemente
fijos al terreno del propietario declarado como propiedad inmobiliaria se les
expiden calcomanías especiales para bienes inmuebles. Los propietarios deben
conseguir el Formulario DR-402 en la Oficina del Tasador Inmobiliario tras
presentar prueba de la titularidad y pagarle $4.60 a la Oficina del Recaudador
de Impuestos. Las calcomanías son permanentes y transferibles al nuevo
propietario cuando la casa móvil y el terreno se vendan como una unidad. NOTA:
El nombre del propietario debe ser IDÉNTICO en el título de propiedad del
terreno y el de la casa móvil.
TÍTULOS:
Llame al (407) 836-4145 para obtener información más actualizada.
Todas las solicitudes de transferencia de título deben estar firmadas con el
nombre completo del solicitante y se deben notarizar, si es relevante. Toda
transferencia de propiedad se debe completar dentro de 30 días de la fecha en la
que el vehículo sea asignado por el propietario, o se impone una multa de $10.00
en el momento de la transferencia. El título cuesta $29.75 (o $33.75 para
vehículos de otro estado). Hay un cobro de $2.00 por cada derecho de retención
que se registre. Se debe suministrar el nombre del comprador, el precio de venta
y la lectura del odómetro en los espacios correspondientes.
VEHÍCULOS NUEVOS:
Todos los vehículos nuevos deben tener un C.O. (Certificado de Origen) o MSO
(Declaración de Origen de Fabricación) el cual debe ser firmado y notarizado por
un comerciante autorizado, para transferírselo al comprador. El C.O. o el MSO se
adjunta al Formulario 82040 o 82041 del Departamento de Seguridad Vial y
Vehículos Motorizados, el cual es la solicitud para el título de Florida que el
propietario debe llenar correctamente con el nombre completo, la dirección en
Florida, la fecha de nacimiento, el sexo, el número de la licencia de
conducción, la descripción completa del vehículo y todo derecho de retención a
registrar. El VIN (Número de Identificación del Vehículo) se le debe comprobar a
los nuevos vehículos provenientes de otro estado y que no se le hayan asignado a
un comerciante en Florida.
VEHÍCULOS DE OTRO ESTADO:
El título o la matrícula de otro estado (si no es un estado donde expidan
títulos) se deben presentar como prueba de titularidad, y si hay transferencia
de propiedad, se debe asignar debidamente, indicando el nombre y la dirección
del nuevo propietario. La comprobación del número de identificación del vehículo
es necesaria y la solicitud del Titulo de Florida se debe llenar debidamente.
Los propietarios o los compradores deben firmar dicho formulario o conceder
poder. Además, las tarifas del título, la tarifa del derecho de retención y las
tarifas de matrícula inicial se deben pagar, si son relevantes.
TÍTULOS DE FLORIDA:
El comprador le debe presentar a la Oficina del Recaudador de Impuestos el
Título de Florida debidamente asignado, para la transferencia. Además, el
comprador debe presentar la identificación adecuada, el sexo, la fecha de
nacimiento y la prueba de Seguro de Florida para comprar la placa.
SERVICIO RÁPIDO PARA TÍTULOS:
El estado ofrece un servicio adicional de "Títulos Rápidos" para las
transferencias y los duplicados de títulos, los cuales se expiden dentro de 5
días hábiles. Hay un cobro de $7.00 además de las tarifas adicionales. Dicho
servicio se presta en el Condado Orange en ciertas situaciones. Contacte la
Oficina del Recaudador de Impuestos para obtener más información.
DUPLICADOS DE TÍTULOS:
El duplicado del título se obtiene al llenar el Formulario 82101 del DMV. Debe
estar firmado y se le debe presentar al Recaudador de Impuestos, el cual se lo
envía al estado con un pago de $29.75. La solicitud debe estar firmada por el
acreedor del derecho de retención si hay un derecho sin liquidar.
SOLICITUDES MISCELÁNEAS PARA TÍTULOS Y TRANSFERENCIAS:
Contacte la Oficina del Recaudador de Impuestos para obtener información sobre
las solicitudes de título misceláneas y las transferencias como muerte del
propietario, mandatos judiciales, readquisición, vehículos reconstruidos y
bancarrota.
IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS:
El impuesto de ventas conforme a lo estipulado por el Capítulo 212, de los
Estatutos de Florida es el 6.50% del precio de compra, menos el canje, si lo
hay. Los regalos, los canjes a la baja o canjes parejos, las órdenes judiciales
en divorcios, las herencias, las transferencias entre esposos, los cambios de
nombre solamente, etc.. , están exentos del impuesto de ventas.
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